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FAQ (Preguntas frecuentes)

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Servicios Públicos y Consumo

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PUBLICIDAD DE LA EXISTENCIA DE HOJAS DE QUEJAS Y RECLAMACIONES
En los centros y establecimientos incluidos en el ámbito de aplicación del decreto existirá un cartel (formato DIN A4), permanente y perfectamente visible y legible, en el que se anuncie que existen hojas de quejas y reclamaciones a disposición de quienes las soliciten.
Se colocará en las zonas de entrada y, en su caso, de salida de los establecimientos o centros, así como en zonas de atención a la clientela (en caso de existir varios locales, físicamente independientes, se colocará en cada uno de ellos).
Cuando se presten servicios o se vendan bienes utilizando dispositivos automáticos se indicará en dichos dispositivos, en un lugar perfectamente visible, la sede física o dirección postal donde se puede tener acceso o solicitar la remisión de las hojas de quejas y reclamaciones.
En el caso de que no existieran dependencias fijas donde se comercialicen bienes o se presten servicios la información debe contemplarse de forma perfectamente visible en ofertas, propuestas de contratación, presupuestos, contratos, facturas, resguardos de depósito y cualquier otro documento que se entregue en el ejercicio de la actividad de comercialización o prestación, a las personas consumidoras y usuarias.
Ayuntamiento de Cenes de la Vega - Ctra. Sierra Nevada 49 - Cenes De La Vega (Granada) - 958 486 001
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